PÍLDORA

La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un aporte mensual en dinero que entrega el Estado de Chile a las personas desde los 65 años, para asegurar un ingreso mínimo en la vejez.

👉 No es un préstamo.
👉 No se devuelve.
👉 No depende de cuánto cotizaste.

La PGU complementa tus ingresos si tu pensión es baja o incluso si no tienes pensión.

  • Reemplaza a las antiguas pensiones del Pilar Solidario.

  • Se entrega al 90% de las personas de menores ingresos.

  • Complementa:

    • Pensiones de AFP.

    • Pensiones pagadas por el IPS.

    • Pensiones por accidentes del trabajo.

    • Ingresos de personas que siguen trabajando.

👉 No importa si la persona sigue trabajando o si nunca cotizó.

  • La PGU se paga con recursos del Estado, no con tus ahorros previsionales.

  • La administra y paga el Instituto de Previsión Social (IPS).

  • Se solicita a través de ChileAtiende (web, presencial, llamada, AFP o municipio en convenio).

Debes cumplir TODOS estos requisitos:

  1. Tener 65 años o más.

  2. Pertenecer al 90% de menores ingresos (no estar en el 10% más rico). Esta evaluación se hace con información del Registro Social de Hogares (RSH)

  3. Tener una pensión menor a $1.210.828 (pensión bruta).

  4. Vivir en Chile:

    • Al menos 20 años desde los 20 años de edad.

    • 4 de los últimos 5 años antes de solicitarla.

👉 No es requisito estar pensionado.
👉 Puedes seguir trabajando y recibir PGU.

Aquí hay un punto MUY IMPORTANTE:

🔴 Siempre se considera la PENSIÓN BRUTA, no la líquida.

La pensión base es la suma de todas tus pensiones brutas, por ejemplo:

  • AFP

  • Pensiones del IPS

  • Pensiones de sobrevivencia

  • Otras pensiones previsionales

La pensión base es la suma de todas las pensiones brutas que recibe una persona, por ejemplo:

  • Pensión AFP.

  • Pensión del IPS.

  • Pensiones de sobrevivencia.

  • Pensiones por accidentes del trabajo.

👉 En personas no pensionadas, se usa una pensión de referencia (PAFE).

💰 Monto máximo actual

  • $224.004 mensuales (valor vigente).

📊 ¿Cómo se define el monto que recibe cada persona?

🔹 Caso 1: PGU completa

  • Si tu pensión base bruta es igual o menor a $762.822
    👉 Recibes la PGU completa.

🔹 Caso 2: PGU parcial (variable)

  • Si tu pensión base está entre $762.823 y $1.210.828
    👉 La PGU no se pierde, pero se va reduciendo gradualmente.

✔ Mientras más sube tu pensión
✔ Más baja es la PGU
✔ Hasta llegar a $0 en $1.210.828

🔹 Caso 3: Sin derecho a PGU

  • Si tu pensión base es mayor a $1.210.828
    ❌ No tienes derecho a PGU.

⚠️ Error común

❌ “Si paso los $762.822 pierdo la PGU”
FALSO: solo empieza a disminuir.

🔹 Primero, recuerda estos 3 datos clave

  • PGU máxima: $224.004

  • Tramo donde la PGU es variable:
    desde $762.823 hasta $1.210.828 de pensión base bruta

  • Tope máximo de pensión base: $1.210.828
    (sobre este monto, la PGU es $0)

🧮 La fórmula (explicada en simple)

Cuando la pensión base está entre $762.823 y $1.210.828, la PGU se calcula así:

PGU = PGU máxima × (Tope máximo – Pensión base) ÷ (Tope máximo – Monto mínimo)

En números:

  • PGU máxima = $224.004

  • Tope máximo = $1.210.828

  • Monto mínimo = $762.822

📌 Ahora, veamos los ejemplos prácticos

🔹 Ejemplo 1: Pensión base = $1.200.000

  1. Diferencia con el tope máximo:
    $1.210.828 – $1.200.000 = $10.828

  2. Rango total del tramo:
    $1.210.828 – $762.822 = $448.006

  3. Proporción:
    $10.828 ÷ $448.006 ≈ 0,0242

  4. PGU:
    $224.004 × 0,0242 ≈ $5.421

👉 PGU aproximada: $5.400
(beneficio casi extinguido)

🔹 Ejemplo 2: Pensión base = $1.100.000

  1. $1.210.828 – $1.100.000 = $110.828

  2. $110.828 ÷ $448.006 ≈ 0,247

  3. $224.004 × 0,247 ≈ $55.300

👉 PGU aproximada: $55.300

🔹 Ejemplo 3: Pensión base = $1.000.000

  1. $1.210.828 – $1.000.000 = $210.828

  2. $210.828 ÷ $448.006 ≈ 0,471

  3. $224.004 × 0,471 ≈ $105.500

👉 PGU aproximada: $105.500

🔹 Ejemplo 4: Pensión base = $900.000

  1. $1.210.828 – $900.000 = $310.828

  2. $310.828 ÷ $448.006 ≈ 0,693

  3. $224.004 × 0,693 ≈ $155.200

👉 PGU aproximada: $155.200

🔹 Ejemplo 5: Pensión base = $800.000

  1. $1.210.828 – $800.000 = $410.828

  2. $410.828 ÷ $448.006 ≈ 0,917

  3. $224.004 × 0,917 ≈ $205.400

👉 PGU aproximada: $205.400

🔹 Ejemplo 6: Pensión base = $700.000

⚠️ Este caso NO usa la fórmula, porque:

  • $700.000 es menor a $762.822

👉 Resultado:
PGU completa = $224.004

📋 RESUMEN EN TABLA

Pensión base bruta PGU aproximada
$1.200.000 $5.400
$1.100.000 $55.300
$1.000.000 $105.500
$900.000 $155.200
$800.000 $205.400
$700.000 $224.004

 

La PGU funciona como una “regla”: mientras más alta es tu pensión, más chica es la PGU, hasta desaparecer.

✔ No se pierde de golpe
✔ Se reduce de forma gradual
✔ Siempre se calcula con pensión bruta

⚠️ Este paso es fundamental. Muchos rechazos se producen por datos desactualizados.

¿Qué debes revisar?

  • Que todas las personas del hogar estén bien registradas

  • Que los ingresos estén actualizados

  • Que la información sea real y vigente

¿Cómo hacerlo?

  • Ingresa al Registro Social de Hogares con ClaveÚnica

  • Descarga tu Cartola Hogar

  • Si hay errores, solicita actualización antes de pedir la PGU

👉 Si no actualizas el RSH y hay errores, pueden rechazar la PGU aunque cumplas los requisitos reales.

La PGU no se entrega automáticamente, hay que solicitarla.

Puedes solicitar la PGU por cualquiera de estos canales oficiales:

🖥️ Opción 1: En línea (recomendada)

  • Entra a ChileAtiende

  • Ingresa con ClaveÚnica

  • Busca “Pensión Garantizada Universal”

  • Completa la solicitud

🏢 Opción 2: Presencial

  • Dirígete a una sucursal ChileAtiende

  • Lleva tu cédula de identidad

  • Un funcionario te ayuda a hacer el trámite

📞 Opción 3: Telefónica

  • Llama al 101 (ChileAtiende)

  • Desde celular o red fija

🏛️ Opción 4: AFP o Municipalidad

  • Puedes solicitar la PGU en:

    • Tu AFP

    • Municipalidad en convenio con IPS

Una vez ingresada la solicitud:

  1. El IPS revisa automáticamente:

    • Edad

    • Residencia

    • Ingresos (RSH)

    • Pensión base

  2. El IPS puede:

    • ✅ Aprobar la PGU

    • ⚠️ Solicitar antecedentes adicionales

    • ❌ Rechazar (explicando el motivo)

Paso 1

  • Revisa el motivo exacto del rechazo

Paso 2

  • Verifica tu Cartola RSH

  • Corrige errores si existen

Paso 3

  • Solicita reevaluación o apelación en ChileAtiende

  • Adjunta documentos actualizados

👉 Muchos rechazos se revierten cuando se corrige el RSH.

  • Desde el mes siguiente a cumplir 65 años, o

  • Desde el mes siguiente a la solicitud, si se pide después.

👉 No se paga automáticamente: hay que solicitarla.

La PGU:

  • No reemplaza tu pensión AFP.

  • Se suma a lo que ya recibes.

  • Es compatible con:

    • Pensiones AFP

    • Pensiones IPS

    • Pensiones de sobrevivencia

    • Seguir trabajando

👉 Si trabajas, la PGU se suma a tu ingreso mensual.

❌ No es compatible con pensiones de CAPREDENA o DIPRECA.

OJO!: ver pestaña: ¿Qué nuevas personas podrán acceder a la PGU con la reforma?

Se puede suspender si:

  • No cobras el beneficio por 6 meses seguidos.

  • No entregas antecedentes solicitados por el IPS.

❌ Se pierde definitivamente si:

  • La persona fallece.

  • Vive fuera de Chile más de 180 días en un año.

  • Pasa a pertenecer al 10% más rico.

  • Entrega información falsa.

Con la reforma, la PGU:

  • Sube de $224.004 a $250.000, pero de forma gradual.

  • El aumento se aplicará por edad, en distintas etapas.

¿Cuándo sube?

📅 Desde septiembre de 2025

  • Personas de 82 años o más → aumento automático.

  • Beneficiarios de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) → reciben $250.000.

  • Personas con APSI → reciben un complemento hasta llegar a la PGU.

  • Personas con Subsidio de Discapacidad → sube a la mitad de la PGU.

  • Personas con pensión de gracia o leyes de reparación → deben solicitarla.

📅 Desde septiembre de 2026

  • Personas de 75 años o más → aumento automático.

  • Pensiones de gracia (75+) → deben solicitarla.

📅 Desde septiembre de 2027

  • Personas de 65 años o más → aumento automático.

👉 El monto siempre se reajusta por inflación.

Con la reforma, también podrán acceder:

  • Personas con pensiones por:

    • Ley Rettig.

    • Ley Valech.

    • Exonerados políticos.

    • Pensiones de gracia.

  • Personas pensionadas por Capredena o Dipreca, siempre que:

    • No reciban otra pensión adicional.

    • Soliciten el beneficio desde septiembre de 2027.

Sí.

La PGU:

  • Reconoce tus ahorros previsionales.

  • No los reemplaza, los complementa.

  • Puede aumentar tu ingreso mensual hasta el monto máximo de la PGU.

👉 Ahorrar nunca te perjudica para la PGU.

La PGU reemplaza a:

  • Pensión Básica Solidaria (PBS).

  • Aporte Previsional Solidario (APS).

Ahora:

  • Existe un solo beneficio.

  • Se suma a la pensión autofinanciada.

  • Incluye a personas que siguen trabajando, que antes quedaban fuera.

Quedan fuera:

  • Personas que pertenezcan a un grupo familiar del 10% más rico de la población de 65 años o más.

  • Personas con pensiones  (sobre $1.210.828).

La PGU:

  • Se paga junto con la pensión.

  • Mantiene la misma fecha y modalidad de pago.

  • Es administrada y pagada por el IPS.

La PGU se financia:

  • Con recursos del Estado.

  • A través del presupuesto del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Sí.

  • El monto es de 15 UF.

  • Si hay saldo previsional, se paga con esos fondos.

  • Si no hay saldo y la persona era beneficiaria de PGU,
    👉 el Estado financia el monto faltante.

  • Personas sin pensión también tienen derecho a cuota mortuoria de 15 UF, pagada por el IPS.

Hablemos de Pensión: Pensión Garantizada Universal (PGU) | Capítulo 1